Servicio de Apoyo para los centros de trabajo que cuentan con un Auxilio Judicial.
Entendemos que las sustituciones horizontales, que se están realizando en otros órganos Judiciales por parte de estas
compañeras, no se ajustan a la legalidad
vigente, ya que la LOPJ las prohíbe expresamente, les aportamos distintas
sentencias, que nos avalan. Además,
entendemos que estos compañeros soportan
una doble carga de trabajo, que es inasumible y
materialmente imposible, por lo que solicitamos, a la Dirección General
un mínimo de dos refuerzos de apoyo para estos órganos y que estas personas,
sean las que hagan las mal llamadas suplencias, cuando falta algún compañero
por diversos motivos, vacaciones, etc.
La Comisión de Personal, como no puede ser de otra manera, siempre
está dispuesta a trabajar por mejorar las condiciones laborales de todos los
compañeros y compañeras, si tenéis alguna queja, etc. nos la podéis hacer
llegar y nosotros la trasladaremos a la administración.
Solicitud de refuerzos para los Juzgados de Aoiz, Instancia 8 y para la
Audiencia Provincial, ya que los compañeros destinados en esos Órganos, nos
han trasladado la problemática de falta de personal a la Comisión.
Por parte de la Administración,
se manifestó que los presupuestos están prorrogados y que para variar no tienen
dinero, no obstante, el Director de Justicia se comprometió a estudiar el tema,
para lo que dijo, que era preciso elaborar una HOJA EXCEL para calcular todo el gasto que supondrían los refuerzos
solicitados, y que a la mayor brevedad posible nos contestaría.
Cambio de criterio en cuanto al cese de los compañeros/as que están
realizando una sustitución, en una plaza donde la funcionaria titular, tras
el fin de la licencia maternal y el permiso de lactancia acumulado, en su caso,
solicita el permiso de vacaciones correspondiente y su posterior petición de
excedencia por cuidado de hijo/a. En este caso se acordó, que no se iba a cesar
ni al funcionario/a sustituto, ni al interino/a que esta cubriendo la plaza del
sustituto/a. Asimismo, exigimos que este mismo criterio se tenga cuando se da
el caso en una plaza ocupada por un interino/a en vez de un sustituto/a.
Acreditación de las pulsaciones de los compañeros y compañeras de
Auxilio, que van a hacer sustituciones en el Cuerpo de Tramitación.
La resolución 53/2014 de 21 de enero, ya dejó fijado antes
de la citada reunión,
en el punto tercero de la parte resolutiva, la posibilidad de asimilar esta prueba, a las
que realiza el Ministerio de Justicia, es decir, 150 pulsaciones por minuto. Se
va a determinar hoy mismo, por el Tribunal, del que formamos parte, los
requisitos en cuanto al formato del texto, que exigiremos que sean lo más
sencillo posible.
En cuanto al resto de temas que
queríamos tratar (mal funcionamiento de los tornos, exceso de horas de los
Juzgados de Instrucción, a consecuencia de las guardias, y medidas de
conciliación de la vida familiar y laboral), quedaron pendientes ya que el Sr.
Director General, Sr. Ruiz Ciruelos, se tuvo que ir porque tenía una reunión
con el Consejero a las dos y media, para tratar, suponemos, asuntos urgentes e
inaplazables.