viernes, 4 de enero de 2013

LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL INSISTE EN SU DISCRIMINACIÓN HACIA NUESTRO COLECTIVO

ERROR EN LA NÓMINA DE DICIEMBRE

Hoy por la mañana hemos mantenido una reunión con los representantes de la Administración de la Comunidad Foral donde se nos ha informado del error que han cometido en la elaboración de las nóminas del mes de diciembre propiciado, según la administración, en la modificación del Decreto-Ley 20/2012, por el que se suprimía la paga extraordinaria de diciembre de 2012, introducida por la Ley 10/2012 de tasas. Sea o no cierta la excusa la verdad es que lo que se ha hecho es una chapuza y ahora nos toca devolver las cantidades que se han abonado en exceso, a través de su compensación con el anticipo de sueldo que explico más abajo.

PAGAS EXTRAORDINARIAS

La administración ha decidido unilateralmente que no va a aplicar la Ley Foral 28/2012 aprobada en el Parlamento de Navarra y publicada en el BON del 2 de enero, y por lo tanto no va a cumplir el mandato parlamentario de abonar en el mes de diciembre un complemento personal transitorio por pérdida de poder adquisitivo, equivalente al importe de la paga extraordinaria cobrada en el mes de junio, que fija dicha norma.

En cuanto a la Ley Foral 27/2012 publicada en el BON el mismo día 2 de enero, por la que se establece el adelanto de las pagas extraordinarias del año 2013 la administración nos manifiesta que al personal de justicia no se le puede aplicar el adelanto de las pagas extraordinarias por cuanto la mismas forman parte de la estructura retributiva que fija la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin embargo han dispuesto que para el personal de Justicia se arbitren anticipos de sueldo que se descontarán, por mitades partes en las nóminas de junio y diciembre, siendo las cuantías a anticipar de 2.100 euros para los Médicos Forenses; 1.300 para los Gestores; 1.000 euros para los tramitadores; y 900 euros para el personal del Cuerpo de Auxilio Judicial.

La discriminación hacia nuestro colectivo es obvia; so pretexto de que la administración debe cumplir con la estructura retributiva que marca la Ley Orgánica del Poder Judicial se nos deja fuera de la posibilidad del adelanto de las pagas extraordinarias que si van a tener el resto de funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral.

El adelanto a cuenta inventado por la administración es otra chapuza propia de una administración tercermundista. Ni siquiera se ha tenido en cuenta, por parte de la administración, la propuesta instada por UGT consistente en arbitrar esos pagos a cuenta, pero en la cantidad equivalente a la paga extraordinaria devengada por cada funcionario, de manera que ese pago a cuenta si se hiciere durante los meses de enero de los años 2013, 2014 y 2015, con devolución en los respectivos meses de diciembre de la cantidad anticipada, daría como resultado el efecto equivalente al adelanto de las pagas extraordinarias que se pretende hacer al resto de funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral, y que no es otro que diferir el efecto de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 a diciembre de 2015, porque no debemos olvidar que se nos está birlando la paga extraordinaria de diciembre de 2012.

CALENDARIO LABORAL. VACACIONES Y DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS

La administración nos va a remitir en los próximos días una propuesta de calendario con 1592 horas anuales y 27 días de vacaciones y 3 de asuntos propios, tal y como veníamos exigiendo a la administración, dado que aunque exista un recurso de inconstitucionalidad sobre ciertos preceptos de la “Ley de Integración” hay otros que no han sido recurridos y que por tanto permiten la aplicación del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.